Se aproximan cambios importantes en los informes de sostenibilidad de las empresas en la UE, y en otras partes del mundo. Hoy, las organizaciones están intensificando su preparación para cumplir con la Directiva de Información Corporativa en Sostenibilidad (CSRD) y los Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad (ESRS), cuyo cumplimiento será obligatorio a partir de 2025.
A partir de ahora, comienza una nueva etapa en los reportes de sostenibilidad corporativa, en la que las empresas asumirán la responsabilidad de divulgar información ASG (ambiental, social y de gobernanza) de forma más completa y detallada. Esta transición, impulsada por la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) de la UE, no solo mejorará la transparencia y facilitará la comparabilidad entre organizaciones, sino que también exige que se presenten los impactos, riesgos y oportunidades de cada negocio con una doble mirada (hacia afuera, en términos de su influencia en la sociedad y el medio ambiente, y hacia adentro, en cuanto a cómo estos factores afectan su propia operatividad).
Algo importante es que esta Directiva va a tener influencia en todo el mundo, no alcanza solo a empresas de la UE, ya que al igual que muchas otras normativas recientes, la CSRD busca impulsar al resto de la economía mundial hacia la adopción de medidas significativas y la divulgación de información ASG. Dicho esto, serán muchas las empresas no pertenecientes a la UE, que caerán bajo la órbita de esta Directiva en los próximos años.

1. ¿Qué es la Directiva CSRD?
Es una nueva regulación de la Unión Europea, que entró en vigor en enero 2023 como Directiva 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas. Esta directiva revisa la anterior normativa de 2014, la Directiva 2014/95, Normativa de Informacion No Financiera (NFRD), (que es el marco actual de sostenibilidad de la UE), y busca mejorar la calidad de los datos para los inversores, además de ayudar a la UE a alcanzar sus objetivos dentro del Pacto Verde Europeo. Ahora, se exigirá a un número más grande empresas, y progresivamente, a las Pymes que coticen en el mercado de valores, que informen sobre sostenibilidad.
El origen de la CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) está estrechamente vinculado con las iniciativas clave de la Unión Europea para impulsar la sostenibilidad, particularmente el Pacto Verde Europeo (Green Deal) y el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles.
2. ¿Qué objetivo tiene la CSRD?
La Directiva tiene como objetivo especificar la información de sostenibilidad que una empresa divulgue. Este objetivo se trataría de aumentar la transparencia y responsabilidad de las empresas respecto a su impacto ambiental y social, ofreciendo datos de calidad a los inversores y contribuyendo al desarrollo sostenible.
Al exigir reportes detallados y estandarizados, la CSRD busca impulsar una transición hacia una economía más sostenible y responsable en la Unión Europea, asegurando que las empresas proporcionen información clara, precisa y comparable sobre sus impactos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG). Al informar sobre los impactos en toda su cadena de suministro y adoptar una perspectiva más completa de sus efectos sociales y ambientales, las empresas estarán mejor preparadas para gestionar riesgos y contribuir activamente a los objetivos climáticos y sociales de la UE.
3. ¿Cuáles son los tiempos y cuál es el alcance de implementación de la CSRD?
La Directiva establece tiempos y criterios específicos para tres categorías de empresas que estarán obligadas a cumplir con los requisitos de reporte de sostenibilidad:
2024: Grandes empresas cubiertas por NFRD que cumplan al menos dos de los tres requisitos siguientes
500 o más empleados; 40 millones EUR de volumen de negocios neto; 20 millones EUR en activos.
2025: Grandes empresas de la UE que cumplan al menos dos de los siguientes tres requisitos: 250 o más empleados; 40 millones EUR de volumen de negocios neto; 20 millones EUR en activos.
2027: PYMEs que cotizan con una opción de exención hasta 2028 (“exclusión voluntaria”). PYMEs que cumplan al menos dos de los siguientes requisitos: + 10 empleados, + de 700 000 EUR de ingresos netos, +de 350 000 EUR en activos. Las PYMEs dispondrán de una norma de información separada y simplificada.
Las entidades de crédito y las empresas de seguros, incluidas las cooperativas y mutules, también estan sujetas a requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad, siempre que cumplan determinados criterios de tamaño.
2028: Empresas de terceros países con una sucursal / filial en la UE. Empresas no pertenecientes a la UE que generen 150 millones de euros de volumen de negocios neto en la UE si tienen al menos una filial o sucursal allí.
Esta normativa no se aplica directamente a todas las PYMEs, sino solo a aquellas que cotizan en mercados regulados. Las pequeñas y medianas empresas que no cotizan en el mercado de valores, no están obligadas a cumplir con la CSRD, pero podrían verse afectadas indirectamente si forman parte de las cadenas de suministro de grandes empresas que sí deben cumplir con la normativa.
4. ¿Cuáles son los principales aspectos que tiene esta normativa?
La directiva establece criterios específicos para que las empresas reporten no solo sus compromisos y políticas de sostenibilidad, sino también el progreso tangible y medible en áreas clave como la reducción de emisiones, la gestión de derechos humanos y la responsabilidad en la cadena de suministro.
Para esto, la CSRD exige a las empresas dentro de su ámbito que informen utilizando una perspectiva de doble materialidad para que la empresa determine las incidencias, los riesgos y las oportunidades de importancia relativa que deben reportar.
Los ESRS indican qué información deben divulgar las empresas sobre sus impactos, riesgos y oportunidades relevantes en temas ambientales, sociales y de gobernanza y no requieren informar sobre temas ASG que la empresa considere poco relevantes.
Puntos claves de la CSRD:
• Alcance ampliado: se aplicará a muchas más empresas que la anterior NFRD ya que se abarca a otras grandes empresas según su volumen de negocio o activos, y, a las pequeñas y medianas empresas cotizadas en bolsa.
• Estándares uniformes: la normativa introduce estándares de información de sostenibilidad armonizados para toda la UE, los ESRS – Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad -, lo que facilita la comparabilidad entre empresas.
• Impacto en la cadena de suministro: las grandes empresas tendrán que informar sobre el impacto ASG en sus cadenas de suministro.
• Doble materialidad: las empresas deben informar no solo sobre cómo afectan a la sociedad y al medio ambiente, sino también sobre cómo los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza las afectan en su negocio. Esto significa que las empresas deberán considerar cómo cada problema de sostenibilidad afecta financieramente a su negocio y cómo su negocio impacta positiva o negativamente ese problema.
• Análisis de Incidencias (impactos), Riesgos y Oportunidades (IRO´s): la CSRD exige a las empresas que analicen y divulgen sus impactos, riesgos y oportunidades que sean materiales (operativos y en toda la cadena de valor) y sus IROS´s en el modelo de negocio. El análisis de IROS toma un rol protagónico para cada uno de los temas. Una empresa que demuestra que conoce sus riesgos, que maneja sus planes de acción, es una empresa que frente a los inversores tiene más valor.
• Debida Diligencia en sostenibilidad: la normativa establece obligaciones de debida diligencia para las empresas, exigiendo que identifiquen, supervisen, prevengan, mitiguen y remedien los impactos negativos en personas y el medio ambiente derivados de sus actividades. Esto incluye los impactos directos y aquellos vinculados a su cadena de valor, como proveedores y socios comerciales.
• Planes de acción y KPI´s para abordar temas materiales ASG: en los requisitos generales se exige a las empresa que definan planes y KPIs como estrategia de sostenibilidad, riesgos y oportunidades, y midan su desempeño en sostenibilidad.
• Auditoría obligatoria: la información de sostenibilidad reportada deberá ser auditada por un tercero independiente , que deberá cumplir con ciertos criterios, para garantizar su precisión y credibilidad. Se exige que las empresas obtengan una “seguridad limitada” para el año 2026 y una “seguridad razonable” para el 2028 (la que se aplica a los estados financieros tradicionales).
• Informes digitales: los informes de sostenibilidad deberán presentarse en un formato digital que permita su acceso y análisis automatizado.
• Incentivo para la sostenibilidad y economía mundial: aunque es una directiva de la UE, la CSRD tiene la intención de influir en empresas no europeas a adoptar prácticas de sostenibilidad, fomentando una mayor transparencia y responsabilidad global en temas ASG.
5. Qué es el EFRAG?
EFRAF (European Financial Reporting Advisory Group) es el Grupo Consultivo Europeo en Información Financiera, designado por la Comisión Europea para el desarrollo de los estándares de informes de sostenibilidad bajo la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD).
La Junta de Informes de Sostenibilidad del EFRAG aprobó doce proyectos de normas para su presentación a la Comisión Europea que fueron adoptados en el primer conjunto de los Estándares Europeos de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) por Acto Delegado el 31 de julio de 2023.
Como parte de su mandato bajo la Directiva CSRD, el EFRAG debe desarrollar borradores de los Estándares Europeos de Reporte de Sostenibilidad (ESRS) específicos para distintos sectores, en un proyecto que se extenderá varios años. Actualmente, está trabajando en estándares sectoriales para sectores como minería, petróleo y gas, transporte, producción de energía, alimentos y bebidas, agricultura, y servicios financieros, entre otros.
6. ¿Cómo se estructuran las Normas o Estándares Europeos de Reporte sobre Sostenibilidad – ESRS?
El ESRS establece requisitos específicos a los que las empresas deben ajustarse cuando informar sobre sus prácticas de sostenibilidad. Actualmente hay 12 borradores disponibles, dos de ellos transversales y 11 sobre temas específicos. Las normas que cada empresa tendrá que seguir, dependerá de aspectos como sus operaciones tamaño y sector.
Estándares transversales:
ESRS 1: Requisitos Generales
ESRS 2: Información General
Los ESRS 1 abarcan los primeros estándares obligatorios que las grandes empresas deberán reportar e incorpora un set de estándares Ambientales, Sociales y de Gobernanza que son exigidos para todas las empresa, más alla del resultado de su doble materialidad.
Estándares Ambientales (ESRS E1-E5):
E1: Cambio climático (mitigación, adaptación y reducción de emisiones).
E2: Contaminación.
E3: Agua y recursos marinos.
E4: Biodiversidad y ecosistemas.
E5: Uso de recursos y economía circular.
Estos incluyen por ejemplo, el análisis del impacto ambiental de las actividades de la empresa, el uso de recursos naturales como agua y energía, las emisiones directas e indirectas de gases de efecto invernadero (Alcance 1, 2 y, si es aplicable, Alcance 3) y además otras emisiones contaminantes, la política y acciones de la empresa para mitigar los efectos del cambio climático y detalles sobre la economía circular y la gestión de residuos entre otras cosas.
Estándares Sociales (ESRS S1-S4):
S1: Condiciones laborales (relación con empleados y derechos humanos).
S2: Impacto en las comunidades locales.
S3: Derechos humanos en la cadena de suministro.
S4: Diversidad e inclusión.
Incluyen por ejemplo, las condiciones laborales y sociales de los empleados, las políticas de diversidad e inclusión en el lugar de trabajo, la formación y desarrollo profesional, medidas para proteger la salud y la seguridad en el trabajo y la relación con la comunidad y el impacto social de las actividades de la empresa, entre otros.
Estándares de Gobernanza (ESRS G1-G2):
G1: Gobernanza empresarial (transparencia, ética y combate a la corrupción).
G2: Control de riesgos relacionados con ESG.
Incluyen por ejemplo, las medidas y políticas para prevenir la corrupción y el soborno, la información sobre incidentes de corrupción y soborno, y las acciones correctivas tomadas; Composición del consejo de administración y alta dirección; la política de diversidad aplicada al consejo de administración entre otros aspectos.
Estas normas son obligatorias para las grandes empresas que están bajo el ámbito de aplicación de la CSRD. Las empresas deberán seguir estos estándares a partir del año fiscal 2024, con la publicación de sus primeros informes en 2025.
ESRS para PYMEs que cotizan
Este estándar proporciona una base para que las PYMEs reporten de manera coherente y comparable sin la complejidad del ESRS para las grandes empresas:
- Contiene menos cantidad de requisitos de divulgación en comparación con las grandes empresas.
- Tiene un enfoque simplificado de sostenibilidad que afectan más directamente a las PYMEs.
- Es más flexible en la divulgación, permitiendo que las empresas elijan qué aspectos de sostenibilidad son más relevantes para ellas según el principio de proporcionalidad.
- Tiempo adicional para adaptación: Las PYMEs tendrán que cumplir con los requisitos de reporte a partir del año fiscal 2026, pero con la opción de retrasarlo hasta 2028 si optan por la exención.
Estándar Voluntario para PYMEs No Cotizadas
Si bien este estándar aun no se ha desarrollado, se espera que EFRAG presente este estándar que tiene como objetivo ofrecer a las PYMEs no cotizadas una herramienta para que puedan voluntariamente reportar su desempeño en sostenibilidad, e inicien un camino hacia la rendición de cuentas ASG mejorando su acceso a mercados y financiación, y preparándose para posibles requisitos futuros.
7. Cierre
La implementación de la CSRD representa un cambio importante en el enfoque de la sostenibilidad corporativa, y anticiparse a estos requisitos será clave para minimizar riesgos y aprovechar oportunidades. Las empresas, especialmente las PYMEs y aquellas fuera de la UE, deberían comenzar cuanto antes una gestión inicial de sostenibilidad. Al hacerlo, no solo estarán preparadas para futuras regulaciones, sino que también ganarán la confianza de inversionistas, clientes y otros grupos de interés que valoran la transparencia y la responsabilidad ambiental. En un entorno global cada vez más enfocado en la sostenibilidad, trabajar con visión a largo plazo y adaptarse proactivamente a los estándares ASG será un activo estratégico invaluable.